Expedición de la regulación del Prestador de Última Instancia (PUI) en el mercado eléctrico colombiano, precedida por la consultoría desarrollada con participación de Moreno Servicios Legales. El proceso culminó con la expedición de la Resolución CREG 101 121 de 2026, del 30 de julio de 2026, “Por la cual se definen los criterios generales para la selección, operación y remuneración del Prestador de Última Instancia – PUI”. La Resolución fue publicada en la página web de la CREG el 10 de agosto de 2026.
Cliente o proyecto
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) – Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) en el marco de una consultoría orientada a proponer alternativas regulatorias para establecer las condiciones de selección y remuneración del agente encargado de atender a los usuarios finales del servicio público de energía eléctrica cuando el comercializador que los atiende no pueda continuar prestando el servicio. El contrato fue celebrado por el BID con Luis Ferney Moreno Castillo, y Moreno Servicios Legales S.A.S. participó en su ejecución.
Descripción del logro
El equipo participó en el desarrollo de una consultoría especializada para apoyar a la CREG en la estructuración y evaluación de alternativas regulatorias para implementar integralmente la figura del Prestador de Última Instancia (PUI). El trabajo comprendió análisis comparado internacional, identificación del problema regulatorio, formulación de alternativas, análisis jurídico y económico de sus impactos y estructuración de una propuesta regulatoria. El proceso regulatorio culminó en 2026 con la expedición de la Resolución CREG 101 121, que regula precisamente la selección, operación y remuneración del PUI. La propia motivación de la Resolución reconoce que la reglamentación estuvo precedida por el Análisis de Impacto Normativo desarrollado mediante la consultoría contratada por el BID para la CREG.
Contexto
La figura del PUI busca garantizar la continuidad del servicio público de energía eléctrica cuando un comercializador no puede continuar atendiendo a sus usuarios. Aunque la regulación colombiana ya contenía referencias parciales al PUI, la consultoría identificó la ausencia de un marco integral que articulara sus mecanismos de activación, selección, cobertura de energía y remuneración, frente a situaciones como retiro del mercado, disolución, sanciones, incumplimientos operativos o limitaciones de suministro. El Decreto 929 de 2023 había impartido a la CREG el mandato de reglamentar este esquema mediante mecanismos competitivos, incentivos adecuados y tratamiento diferenciado del riesgo.
Rol de la firma
Moreno Servicios Legales S.A.S. acompañó jurídica y regulatoriamente la ejecución de la consultoría dirigida por Luis Ferney Moreno Castillo. El trabajo comprendió el análisis del marco jurídico aplicable; estudio comparado de experiencias internacionales; estructuración y evaluación de alternativas para la activación y selección del PUI; análisis de mecanismos de cobertura de energía y remuneración; evaluación de impactos jurídicos; participación en la construcción del Análisis de Impacto Normativo; apoyo en la estructuración de la propuesta regulatoria; y acompañamiento al proceso de socialización, análisis de comentarios y definición de la propuesta definitiva.
Equipo participante La consultoría fue dirigida por Luis Ferney Moreno Castillo, quien actuó como consultor contratado por el Banco Interamericano de Desarrollo. Por parte de Moreno Servicios Legales S.A.S., participaron particularmente los abogados Laura Juanita Villanueva Marroquín y David Santiago Cicuamia-Ramírez, quienes acompañaron el desarrollo jurídico y regulatorio de la consultoría bajo la dirección de Luis Ferney Moreno Castillo.
Relevancia e impacto
Se trata de un resultado de especial relevancia para el mercado eléctrico colombiano, pues la Resolución CREG 101 121 de 2026 establece finalmente un marco regulatorio general para garantizar la continuidad de la prestación ante contingencias que afecten a los comercializadores. La regulación expedida aborda los principales componentes estudiados durante la consultoría:
(i) activación del PUI;
(ii) selección del prestador;
(iii) remuneración de la actividad; y
(iv) mecanismos asociados a la cobertura y compra de energía.
La Resolución regula, entre otros asuntos, las causales de activación y traslado de usuarios, el procedimiento para la selección del PUI, los esquemas de remuneración y riesgo de cartera, y los mecanismos para la compra de energía. Esto contribuye a reducir el riesgo sistémico, facilitar una sustitución ordenada del comercializador en dificultades y proteger la continuidad del servicio para los usuarios finales.
Aspecto diferenciador de la firma
La participación evidencia la capacidad de Moreno Servicios Legales para abordar problemas regulatorios complejos del sector energético combinando conocimiento especializado del funcionamiento del mercado eléctrico.
Mensaje de la publicación (texto posible de la publicación)
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió recientemente la Resolución CREG 101 121 de 2026, mediante la cual se definieron los criterios generales para la selección, operación y remuneración del Prestador de Última Instancia (PUI) en el mercado eléctrico colombiano. Esta regulación constituye un avance relevante para el fortalecimiento de los mecanismos destinados a garantizar la continuidad del servicio público de energía eléctrica cuando un comercializador no puede continuar atendiendo a sus usuarios. Su expedición estuvo precedida por un Análisis de Impacto Normativo, desarrollado en el marco de la Consultoría contratada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para apoyar a la CREG en la estructuración y evaluación de alternativas regulatorias para la implementación de esta figura del PUI.
Moreno Servicios Legales participó en el desarrollo jurídico y regulatorio de esta Consultoría, dirigida por Luis Ferney Moreno Castillo, Consultor contratado por el BID y Socio Fundador de la Firma. Asimismo, participaron en el desarrollo de la Consultoría los abogados Laura Juanita Villanueva Marroquín y David Santiago Cicuamia-Ramírez, bajo la dirección de Luis Ferney Moreno Castillo. El trabajo comprendió el estudio del marco jurídico aplicable y de experiencias internacionales, la identificación del problema regulatorio, así como la estructuración y evaluación de alternativas relacionadas con las causales de activación del PUI, los mecanismos para su selección, la cobertura de energía y su esquema de remuneración. Igualmente, el equipo acompañó la elaboración del Análisis de Impacto Normativo, la estructuración de la propuesta regulatoria y el proceso de análisis y discusión de las alternativas planteadas. La regulación finalmente expedida desarrolla precisamente los principales componentes que fueron objeto de estudio durante la consultoría y establece un marco general para la actuación del PUI ante contingencias que puedan afectar la continuidad de la prestación del servicio.
Para Moreno Servicios Legales, haber participado en este proceso representa un resultado significativo y reafirma la experiencia de la Firma en el análisis y estructuración de soluciones para algunos de los principales desafíos regulatorios del sector energético. La implementación del PUI incorpora al mercado eléctrico colombiano un mecanismo orientado a facilitar una transición ordenada cuando un comercializador enfrenta circunstancias que le impiden continuar prestando el servicio, procurando proteger a los usuarios y reducir los riesgos que estos eventos pueden generar sobre el mercado. La participación en esta consultoría refleja nuestro compromiso con el desarrollo de una regulación energética técnicamente sólida y jurídicamente estructurada, así como nuestra capacidad para acompañar procesos regulatorios de especial complejidad e impacto para el sector eléctrico colombiano.
Confidencialidad
El hito puede comunicarse a partir de información pública y verificable, especialmente la Resolución CREG 101 121 de 2026 y las referencias que esta efectúa al Análisis de Impacto Normativo desarrollado en el marco de la consultoría BID–CREG.
Soporte del logro (i) Resolución CREG 101 121 de 2026, del 30 de julio de 2026, publicada por la CREG y (ii) Análisis de Impacto Normativo “Reglamentación del Prestador de Última Instancia (PUI) en el Mercado Eléctrico Colombiano”, presentado al BID en 2025.
Soporte del logro
(i) Resolución CREG 101 121 de 2026, del 30 de julio de 2026, publicada por la CREG y
(ii) Análisis de Impacto Normativo “Reglamentación del Prestador de Última Instancia (PUI) en el Mercado Eléctrico Colombiano”, presentado al BID en 2025.